Para poder formalizar el contrato, el día de inicio del mismo, las personas candidatas seleccionadas, deberán acreditar documentalmente los siguientes extremos:
● Estar inscrito/a como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Regional, en fecha del día de inicio del contrato. Se acreditará mediante certificado del Servicio Público de Empleo Regional emitido en el día del inicio de la relación contractual.
● No haber desempeñado ningún tipo de puesto de investigación en esta entidad (FFIS), Consejería de Salud de la Región de Murcia, Servicio Murciano de Salud (SMS) y/o Universidad de Murcia (UM) en el plazo de 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de contratación.
● No tener cumplidos los 30 años en la fecha de contratación.
● Para poder formalizar el contrato, el día de inicio del mismo, la persona candidata seleccionada deberá firmar electrónicamente la documentación requerida. Para ello tiene que disponer de: Certificado electrónico de persona física (se puede solicitar en https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica) o DNI electrónico, activado para firmar (se puede activar en una comisaría de policía donde expidan el DNI). Contactar con recursos humanos (recursoshumanos@ffis.es), con dos días de antelación al inicio del contrato, para recibir las indicaciones de cómo proceder a la firma electrónica según disponga de Certificado electrónico de persona física o DNI electrónico.
No podrán ser seleccionadas para el contrato laboral objeto de la presente convocatoria, las personas candidatas cuya contratación suponga un incumplimiento de la normativa regional o estatal aplicable a la FFIS en materia laboral. Así mismo, no podrá participar ni resultar beneficiada de la presente convocatoria ninguna persona que haya sido anteriormente separada del mismo puesto de trabajo, ya sea por despido disciplinario o por no haber superado el periodo de prueba correspondiente en esta entidad (desempeñando las mismas tareas).
En caso de empate de puntuaciones de dos o más personas candidatas, de acuerdo a sorteo realizado en fecha 13 de julio del 2023 en presencia del Comité de Empresa de la FFIS, el desempate se resolverá teniendo en cuenta orden alfabético descendente del primer apellido iniciándose el orden en la letra “p”. En caso de que el primer apellido sea el mismo, se seguirá el mismo criterio en el segundo apellido, y en caso de ser coincidentes, se utilizará el mismo criterio con el primer y segundo nombre, de la persona candidata tal y como aparece en su documento de identidad.
La formalización del contrato y su mantenimiento estará supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
La presentación de la solicitud supone el consentimiento para que aparezcan los nombres de las personas candidatas seleccionadas en la web de la FFIS/IMIB.
Sólo podrán ser personas candidatas seleccionadas quienes tengan la nacionalidad española o sea nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación de la libre circulación de personas trabajadoras.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, las personas cónyuges de españoles/as y de nacionalidades de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes, así como las personas extranjeras que tengan residencia legal en España y permiso de trabajo y no estén incluidas en este párrafo y en los anteriores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se realizará por medio de los documentos correspondientes certificados por las autoridades competentes de su país de origen traducidos al castellano (traducción jurada).
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o convalidación en su caso.
Dadas las especiales características del objeto de la contratación, y teniendo en cuenta la urgente e inaplazable necesidad de la misma, y de acuerdo a las bases de la ayuda, la fecha prevista de contratación será a partir del mes después de la publicación de la resolución definitiva.
En caso de que durante este periodo la persona candidata seleccionada no se encuentre en disposición de incorporarse efectivamente al puesto de trabajo en el plazo establecido, se seleccionará a la siguiente candidatura que reúna todos los requisitos mínimos, por orden de prelación en función de la puntuación obtenida, así como de los criterios de desempate, o en su defecto, si no hay más candidatos/as que reúnan los requisitos mínimos, la convocatoria quedará desierta.
En aplicación de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, así como del Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, con carácter general, el contrato objeto de la presente convocatoria será incompatible con la prestación de servicios en cualquier otra entidad del sector público, así como del privado. Si una vez formalizada la contratación, la persona trabajadora quiere compatibilizar una segunda actividad, será necesario obtener la autorización previa del órgano financiador y se seguirán los trámites previstos en la normativa anterior.
A esta convocatoria se le dará difusión a través del Servicio de Empleo y Formación (Servicio Regional) de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (SEFCARM).
Igualdad
La FFIS, dispone de un plan de igualdad de oportunidades. Se puede acceder al mismo en el siguiente enlace: http://www.imib.es/portal/igualdad.jsf